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  • Según lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los tenientes de Alcalde son los órganos que sustituyen por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad al Alcalde, siendo libremente designados y removidos por éste, de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local, o cuando ésta no exista, de los Concejales.                                                                                                     
  • Los Concejales Delegados son aquellos Concejales que ostentan una delegación específica
    atribuida por el Alcalde.

Su definición legal se encuenta en el artículo 122 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que literalmente establece lo siguiente:

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“SALÓN DE FORMACIÓN Y EMPLEO” DE SAN ROQUE

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PDF icon Decreto aprobando las bases.354.18 KB
PDF icon Bases de participación.212.27 KB
ORDENANZA DE NORMAS GENERALES PARA EL ESTABLECIMIENTO O MODIFICACION DE PRECIOS PUBLICOS POR ESTE AYUNTAMIENTO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS Y CONSORCIOS QUE DEPENDAN DE AQUEL

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR APERTURA DE ZANJAS,  CALICATAS Y CALAS EN TERRENOS DE USO PUBLICO LOCAL, INCLUSIVE  CARRETERAS, CAMINOS Y DEMAS VIAS PUBLICAS LOCALES, PARA LA  INSTALACION Y REPARACION DE CAÑERIAS, CONDUCCIONES Y OTRAS  INSTALACIONES, ASI COMO CUALQUIER REMOCION DE PAVIMENTO O  ACERAS EN LA VIA PUBLICA.

El Pleno del Ilustre Ayuntamiento de San Roque está compuesto por 21 miembros:

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