Según el artículo 97 de la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea, el transportista está obligado a transportar juntamente con los viajeros y dentro del precio del billete, el equipaje, con los límites de peso y volumen que establezcan los Reglamentos.
En las ilustraciones de esta página se muestran los símbolos del etiquetado textil.
La etiqueta de los artículos textiles contiene una primera información sobre la composición del producto. La cantidad de las diversas fibras se expresa en orden decreciente según sus porcentajes.
La Ley limita el uso de ficheros sobre retraso o incumplimiento de los pagos, El responsable debe notificar la inclusión, Derecho a conocer, Datos exactos y actualizados y Tiempo de permanencia en el fichero.
Las técnicas de ventas agresivas tienen por objeto presionar al consumidor e inducirle a efectuar compras innecesarias. Para defenderse de esta auténtica plaga es conveniente seguir los siguientes consejos.
Como norma general todos los productos industriales deben tener información suficiente sobre su naturaleza y forma de uso y esta información ha de quedar recogida en una etiqueta unida al producto (adherida, anexa o impresa en el envase).
Los empresarios y profesionales están obligados a expedir y entregar, en su caso, factura u otros justificantes por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen, así como conservar copia o matriz.
En un día cualquiera pasan por nuestras manos productos procedentes de los rincones más dispares del planeta. En apariencia todos formamos parte de un gran mercado, pero los beneficios de este creciente comercio internacional no llegan a todos por igual. La libre competencia no lo es tanto, porque no todos estamos situados en la misma línea de salida.
No está obligado a dejar entrar en su domicilio a cualquier empresa que acuda a visitarle, salvo en el caso de que se desee voluntariamente contratar sus servicios y se asegure previamente de su identidad y de que se trata de una empresa legalmente autorizada.
La Agencia de Protección de Datos es un Ente de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica pública y privada, que actúa con independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones.