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Los seguros del hogar

La póliza multirriesgo del hogar, bajo sus diversas modalidades, es la más utilizada por los consumidores para asegurar las viviendas. Su ventaja más importante es la variedad de coberturas y su inconveniente, la dificultad al intentar descifrar qué riesgos están cubiertos y cuáles excluidos.

Las comunidades de propietarios

Pese a no tratarse estrictamente de unas relaciones que puedan considerarse incluidas dentro del ámbito del consumo, una parte considerable de las consultas efectuadas en la OMIC se refieren a problemas surgidos dentro de las comunidades de propietarios, cuya casuística es amplísima.

El suministro de agua

El suministro de agua potable, elemento imprescindible para la vida, es un servicio del que es usuaria la totalidad de la población –al menos en los países desarrollados.

Órganos de mediación en materia de consumo

El 27 de junio entró en vigor el Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas (BOJA, 27 de marzo de 2008).

OSI

Centro Europeo del Consumidor en España y la Oficina de Seguridad del Internauta

El Consejo Local de Consumo

El Consejo Local de Consumo es un órgano de integración y participación de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, las Organizaciones Empresariales y la Administración Municipal en todas las cuestiones relacionadas con el consumo dentro del municipio.

Derechos de los consumidores

El primer requisito para que los consumidores puedan hacer valer sus derechos es conocerlos.
La Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía los recoge en el articulado de su Título I. Son los siguientes:

Asociaciones de consumidores

Las organizaciones o asociaciones de consumidores y usuarios son cauces de participación de los ciudadanos en los asuntos públicos que les afecten así como en la representación, consulta y defensa de los derechos de los consumidores.

Cláusulas abusivas

Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.

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