Las técnicas de ventas agresivas tienen por objeto presionar al consumidor e inducirle a efectuar compras innecesarias. Para defenderse de esta auténtica plaga es conveniente seguir los siguientes consejos.
Como norma general todos los productos industriales deben tener información suficiente sobre su naturaleza y forma de uso y esta información ha de quedar recogida en una etiqueta unida al producto (adherida, anexa o impresa en el envase).
Los empresarios y profesionales están obligados a expedir y entregar, en su caso, factura u otros justificantes por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen, así como conservar copia o matriz.
En un día cualquiera pasan por nuestras manos productos procedentes de los rincones más dispares del planeta. En apariencia todos formamos parte de un gran mercado, pero los beneficios de este creciente comercio internacional no llegan a todos por igual. La libre competencia no lo es tanto, porque no todos estamos situados en la misma línea de salida.
El 11 de septiembre de 2003 entró en vigor la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo que venía a ampliar notablemente los plazos y los derechos de los consumidores en esta materia.
La Ley limita el uso de ficheros sobre retraso o incumplimiento de los pagos, El responsable debe notificar la inclusión, Derecho a conocer, Datos exactos y actualizados y Tiempo de permanencia en el fichero.
Con cierta frecuencia los consumidores plantean las siguiente preguntas: “¿Existe el derecho a la devolución de un artículo que, una vez comprado, no nos gusta o no deseamos? ¿Podemos revocar un contrato de prestación de servicios? ”.