El robo de identidad es uno de los delitos que más crece en Europa. Existen bandas de delincuentes que sustraen datos personales (nombre, dirección y fecha de nacimiento) con el fin de crear cuentas bancarias, obtener préstamos o tarjetas de crédito en nombre de la persona afectada, o incluso hacerse un pasaporte o un carné de conducir.
Son alimentos transgénicos aquellos que proceden de, o en su composición contienen, organismos modificados genéticamente, cuyas características han sido cambiadas por técnicas de ingeniería genética.
Comprar por Internet es rápido y cómodo. Se pueden comparar los precios de un montón de tiendas de todo el mundo con un solo clic. Además, los precios suelen ser más bajos que en las tiendas del centro de las ciudades, porque sus costes indirectos son menores.
El sector de la telefonía y las telecomunicaciones, a cuya rápida expansión asistimos en las sociedades desarrolladas, es, por consiguiente, uno de los que más presencia tiene en las consultas y reclamaciones que plantean los consumidores.
Pese a no tratarse estrictamente de unas relaciones que puedan considerarse incluidas dentro del ámbito del consumo, una parte considerable de las consultas efectuadas en la OMIC se refieren a problemas surgidos dentro de las comunidades de propietarios, cuya casuística es amplísima.
En un día cualquiera pasan por nuestras manos productos procedentes de los rincones más dispares del planeta. En apariencia todos formamos parte de un gran mercado, pero los beneficios de este creciente comercio internacional no llegan a todos por igual. La libre competencia no lo es tanto, porque no todos estamos situados en la misma línea de salida.
El suministro de agua potable, elemento imprescindible para la vida, es un servicio del que es usuaria la totalidad de la población –al menos en los países desarrollados.
El 11 de septiembre de 2003 entró en vigor la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo que venía a ampliar notablemente los plazos y los derechos de los consumidores en esta materia.
Según el artículo 97 de la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea, el transportista está obligado a transportar juntamente con los viajeros y dentro del precio del billete, el equipaje, con los límites de peso y volumen que establezcan los Reglamentos.