de San Roque
La ley clasifica, según su procedencia, las piezas o recambios de automóviles:a) Piezas originales de marca: las que forman parte de los repuestos suministrados por el fabricante del vehículo.b) Piezas de marca: las fabricadas por empresas especializadas y que cumplen las condiciones de garantía.c) Piezas reconstruidas: las descritas en los apartados a) y b) que han sido reparadas bien por el mismo fabricante o por un servicio autorizado por el fabricante.d) Piezas usadas o no específicas del modelo de coche a reparar.Según el artículo 9 del Decreto 9/2003 de 28 de enero sobre talleres de reparación de automóviles, lo habitual es que en las reparaciones deban ser utilizadas piezas de los grupos a) y b), es decir, nuevas. Para poder emplear piezas de los apartados c) y d), reconstruidas o usadas, el cliente debe aceptarlo expresamente por escrito, y el taller responsabilizarse, también por escrito, de que las piezas se encuentran en buen estado y ofrecen condiciones de garantía.