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La publicidad ilícita y engañosa

Según establece la Ley 34/1988 de 11 de noviembre, General de Publicidad (BOE 15-11-88), es ilícita:

La agricultura ecológica

La agricultura ecológica es un método de producción agrícola y ganadera que se caracteriza por mantener la fertilidad de la tierra, no aplicar productos químicos de síntesis (herbicidas, plaguicidas, hormonas y abonos químicos),ni utilizar organismos modificados genéticamente.

Vivienda: el mobbing inmobiliario

Se denomina "mobbing", o acoso inmobiliario, a las actuaciones intimidantes encaminadas a desalojar de sus viviendas a inquilinos con contratos de renta antigua o incluso propietarios -ancianos en su mayor parte-, que ocupan vetustos edificios, normalmente deteriorados, en los cascos históricos de las ciudades.

El derecho a la devolución (o desistimiento)

Con cierta frecuencia los consumidores plantean las siguiente preguntas: “¿Existe el derecho a la devolución de un artículo que, una vez comprado, no nos gusta o no deseamos? ¿Podemos revocar un contrato de prestación de servicios? ”.

Asociaciones de consumidores

Las organizaciones o asociaciones de consumidores y usuarios son cauces de participación de los ciudadanos en los asuntos públicos que les afecten así como en la representación, consulta y defensa de los derechos de los consumidores.

Consejos para la compra

Publicaciones sobre Consumo

Recoge un amplio repertorio sobre diversos aspectos del consumo.

Oficinas Municipales de Información al Consumidor

Las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (O.M.I.C.) son unos servicios dependientes de los Ayuntamientos definidas en la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía como “órganos de información, orientación y asesoramiento a los consumidores”.

Instituto Nacional del Consumo

A través del documento adjunto se puede acceder a una información más amplia sobre el Instituto Nacional del Consumo (INC).

Cláusulas abusivas

Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.

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