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Formato de fecha año-mes-dia. Ejemplo 2022-02-04.

Bancos, cajas y seguros

Aunque los establecimientos bancarios y cajas de ahorros establecidos en Andalucía deben cumplir con lo dispuesto en el decreto regulador de las hojas de reclamaciones, existe un cauce específico para plantear quejas y reclamaciones en este sector de la actividad económica.

Los productos milagro

Los llamados "productos milagro" son unos artículos que, evidentemente, no deberían ser objeto de venta, pues, como su propio enunciado indica, prometen algo -un milagro- que está fuera de las leyes de la naturaleza. Prometer un "milagro" es directamente engañar.

Registros de morosos

La Ley limita el uso de ficheros sobre retraso o incumplimiento de los pagos, El responsable debe notificar la inclusión, Derecho a conocer, Datos exactos y actualizados y Tiempo de permanencia en el fichero.

Servicios financieros (banca, inversiones y seguros)

Independientemente de quién sea la entidad intermediaria, es la naturaleza del producto o servicio la que determina el supervisor competente para atender las quejas y reclamaciones planteadas:

Tintorerías o superlimpiezas

Talleres de reparación de automóviles

Los talleres de reparación de automóviles están regulados por el Real Decreto 1457/1986 de 10 de enero (BOE de 16 de julio de 1986) y en Andalucía por el Decreto 9/2003 de 28 de enero y por la Orden de 25 de enero de 2007, que desarrolla el anterior.

Muebles

Cualquier mueble puesto a disposición del consumidor debe tener una etiqueta con una información objetiva, veraz y suficiente sobre sus características esenciales. El etiquetado no debe inducir a engaño o error, ni contener indicaciones o sugerencias que puedan confundir respecto de la verdadera naturaleza del producto.

Teléfonos y telecomunicaciones

El sector de la telefonía y las telecomunicaciones, a cuya rápida expansión asistimos en las sociedades desarrolladas, es, por consiguiente, uno de los que más presencia tiene en las consultas y reclamaciones que plantean los consumidores.

Derechos de los consumidores

El primer requisito para que los consumidores puedan hacer valer sus derechos es conocerlos.
La Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía los recoge en el articulado de su Título I. Son los siguientes:

Órganos de mediación en materia de consumo

El 27 de junio entró en vigor el Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas (BOJA, 27 de marzo de 2008).

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