Un Bando regula las actividades de Caballos durante la Feria Real

Jueves, 3 Agosto 2017

El alcalde presidente del Ayuntamiento de San Roque, Juan Carlos Ruiz Boix, ha emitido un Bando en el que se regula las actividades de Caballos durante la Feria Real. Previamente, la concejal de Seguridad Ciudadana, Mercedes Serrano, y el edil de de Fiestas, Antonio Navas, han mantenido reuniones de coordinación con las distintas asociaciones de caballistas del municipio.

BANDO ACTIVIDADES CABALLOS 4 AGOSTO 2017

Ante la próxima celebración de la Feria de San Roque, entre los días 8 al 13 de agosto, la Alcaldía-Presidencia, en relación con todas las Actividades de Caballos durante la Feria Real, que los caballistas deben tener en cuenta las siguientes consideraciones.

Todos los participantes en las actividades de caballos durante la Feria Real de San Roque 2017, deberán presentar hasta las 14:00 horas del 8 de agosto de 2017, en la jefatura de la Policía Local, la tarjeta sanitaria equina; El recibo original o copia autenticada del seguro de responsabilidad civil; y el DNI del caballista que se autorizará por montura, que deberá ser éste y no otra persona el que monte al caballo. Si fuese menor de edad deberá presentar la autorización de padres o tutores, que asumirán las responsabilidades que puedan derivarse .

Se indica igualmente que la conducción del caballo deberá ser la apropiada a las circunstancias en las que se realiza; y tanto caballos como enganches se desplazarán exclusivamente al paso o al trote, prohibiéndose ir al galope y realizar cualquier exhibición que no haya sido autorizada previamente.

Se recomienda también en el Bando tanto a caballistas como a cocheros que vayan vestidos de manera tradicional y acorde al enganche o montura. En cualquier caso, no está permitido ir con el torso desnudo.

Se advierte a los interesados que el incumplimiento de estas normas podrá dar lugar a las medidas sancionadoras y de carácter tutelar que procedan como la inmovilización y depósito del caballo.

La Policía Local vigilará el cumplimiento de estas normas, especialmente las relativas a la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas u otras sustancias tóxicas.

En el Bando se prohíbe expresamente la entrada en el recinto ferial de carretas o vehículos a motor transformados, ni que lleven algún tipo de publicidad ni el transporte de bebidas y alimentos. Ni caballistas ni cocheros podrán acceder a los acerados y a las vías peatonales. Está prohibido el alquiler de caballos para el paseo tanto en el recinto ferial como en sus inmediaciones.

Los enganches deben ser guiados por un cochero y asistido por un acompañante, salvo los enganches en limonera en los que se puede prescindir del acompañante. Cuando estén parados el cochero o el acompañante deben permanecer, al menos uno, en el pescante con el control de los animales. Los caballos atados tampoco pueden dejarse solos, debiendo sus jinetes vigilarlos en todo momento. Tanto los cocheros como los acompañantes deben ser mayores de edad. En el caso de los caballistas menores de edad tienen que estar acompañados por un adulto y tener autorización de padres o tutores, que asumirán las responsabilidades que puedan derivarse.

En todo caso, se deberá cumplir con lo establecido en el Reglamento General de Circulación.